Ley
de Voluntariado
En un cajón
Aunque la Argentina tiene cientos de miles de voluntarios,
aún espera por una norma que regule esta importante
labor social. La ley fue aprobada hace tres años
pero jamás fue reglamentada. La demora implica un
vacío para las organizaciones y para los propios
voluntarios.
Textos Alejandro Cánepa
Una herramienta útil pero que hasta ahora no pudo
entrar en funcionamiento. Así puede definirse a
la Ley del Voluntariado Social, promulgada en enero de
2004 pero todavía sin reglamentar por el Poder Ejecutivo.
La demora genera zonas grises que pueden redundar en juicios
laborales o por accidentes contra las OSC, y falta de puesta
en marcha de medidas oficiales de estímulo de las
tareas voluntarias. Tercer Sector indagó entre las
organizaciones sociales sobre los puntos positivos y negativos
que tiene la norma y sobre el impacto que puede tener sobre
los cientos de miles de voluntarios y las entidades no
gubernamentales.
Haciendo historia
Mientras el sector social crecía en los ’90,
el Estado desaparecía de zonas clave de la vida
del país. Dentro del mismo fenómeno, pasaron
años hasta que las autoridades comenzaran a pensar
una normativa específica para el trabajo voluntario
en la Argentina. Así, el 4 de diciembre de 2003,
el Congreso sancionó la Ley 25.855 de Voluntariado
Social. Y apenas un mes después, el 7 de enero de
2004, el Poder Ejecutivo promulgó la norma, pero
con vetos a dos incisos: uno, el que establecía
el derecho de los voluntarios a tener un certificado de
las actividades realizadas, y otro, fundamental, el que
imponía a las organizaciones la obligatoriedad de
contratar para aquellos un seguro “contra los riesgos
de accidentes y enfermedades derivados directamente del
ejercicio de la actividad voluntaria”.
La ley también establecía que el Gobierno
debía reglamentar la norma dentro de los 90 días
posteriores a su promulgación. En pocos días
más, se cumplen tres años de la fecha límite
que tenía el Poder Ejecutivo.
El medio vaso lleno
“La ley es un buen punto para empezar”, explica
Daniel Sabsay, abogado y titular de la Fundación
Ambiente y Recursos Naturales (Farn). La norma afirma tener
por objetivo la promoción del voluntariado social
y define a quienes lo realizan como “personas físicas
que desarrollan, por su libre determinación, de
un modo gratuito, altruista y solidario, tareas de interés
general” y que no reciben por ello “remuneración,
salario, ni contraprestación económica alguna”.
De esta manera, queda patentado en la ley qué es
trabajo voluntario y qué no. Fernando Lordi, también
abogado e integrante del Servicio Jurídico Diocesano
para personas carenciadas, dependiente del Obispado de
San Isidro, remarca que la 25.855 “es la primera
legislación al respecto, y llena un vacío
importante que había en relación al voluntariado.”
Además de reconocer y delimitar la labor voluntaria,
el Estado argentino se impone obligaciones de promoción
del voluntariado y aclara que las tareas voluntarias son
gratuitas y preserva el derecho al reembolso de gastos.
También aclara los derechos y obligaciones de los
voluntarios sociales y determina distintos aspectos de
la relación entre éstos y las entidades del
sector social.
“La ley es necesaria para clarificar muchos casos
en donde han existido problemas judiciales por demandas,
en especial cuando alguna entidad daba viáticos”,
dice Noemí Arbetman, de la Asociación de
Padrinos de Escuelas Rurales, que tiene 60 voluntarios
permanentes, más 9.000 padrinos de colegios.
Guillermo Canova, abogado del Foro del Sector Social,
explica que aun hoy hay indicios que le pueden hacer presumir
a la Justicia una relación laboral entre un voluntario
y una OSC, aunque esto no haya sucedido nunca en la realidad: “Viáticos,
ciertos pagos, relación de subordinación
dentro de un orden jerárquico, horarios”.
Para Canova “estos elementos pueden hacer que un
tribunal crea que había una relación de trabajo
cuando en realidad era trabajo voluntario”. Con la
ley, se reconoce la figura especial del voluntario, aunque
la puntada final se debe dar en la reglamentación.
El medio vaso vacío
El impacto de una ley como ésta no es inmediato,
más allá de los aspectos positivos antes
señalados. Juan Carr, de Red Solidaria, dice que “tal
vez esta ley no sea una prioridad de la Argentina de hoy,
con millones de pobres, gente esperando trasplantes y personas
discapacitadas. La apoyo, pero no me parece que sea una
prioridad para este momento de la Argentina”. Por
otro lado, Paola Teper, coordinadora de Voluntariado de
la AMIA, señala que “en la práctica
cotidiana mucho no cambia. No es que uno dice ‘uy,
antes de hacer tal cosa, me fijo qué dice la ley’”.
De cualquier manera, todo lo que enuncia la norma en cierto
sentido está debilitado, porque el Ejecutivo no
la reglamentó. De este modo, quedan varias precisiones
por realizar para ahuyentar definitivamente cualquier posibilidad
de juicios laborales, no está resuelto el tema del
seguro para los voluntarios y no se definió concretamente
ninguna medida de promoción por parte del Estado.
César Perri, coordinador de comunicaciones de la
Federación de Organizaciones Comunitarias-FOC, reconoce: “Siempre
está latente el riesgo de que te metan un juicio.
Por eso es necesario que esté bien definida la herramienta
jurídica que es la ley”. El mismo Foro del
Sector Social presentó un proyecto de reglamentación
de la norma en abril de 2004, en donde precisaban distintos
aspectos, pero desde ese momento el Estado no emitió nuevas
señales. Actualmente, es el Consejo Coordinador
de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación el organismo que debe definir
la reglamentación. Y que no respondió a Tercer
Sector.
“Nunca nos convocaron del Gobierno para hablar
sobre la Ley. No supimos nada más. Y eso que tenemos
cinco mil voluntarias activas”, se queja Teresa Uriburu,
de la Coordinación Institucional de Voluntarios
de Hospitales de Argentina (Civha). Por su parte, Nicolás
Ducoté, del Centro de Implementación de Políticas
Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec)
señala que “nadie más habló de
voluntariado en el Congreso ni en la administración
pública nacional”.
Inseguridad
¿Causas de la demora en la reglamentación?
Un motivo es que el tema del seguro no está resuelto. ¿Quién
cubre el costo de internación de un voluntario que
se contagió una enfermedad en su tarea, o que se
fracturó un pie ayudando a construir el techo de
un comedor? Muchas OSC aseguran que no pueden solventar
ese gasto.
“Las organizaciones sociales no contamos con dinero
para poder cumplir con la obligatoriedad del seguro. Es
un derecho del voluntario pero las OSC no lo podemos garantizar.
Solicitamos al Estado que se haga cargo, porque hemos abordado áreas
que él tendría que atender”, remarca
Víctor Hirch, director de Caritas Quilmes, donde
colaboran 1.000 voluntarios.
Por su parte, Perri, de la FOC, advierte que si aquellos
deben tener un seguro, esto podría ocasionar que
las entidades más frágiles no puedan incorporar
gente para ese tipo de tareas. “Solamente tendrían
voluntarios las OSC que puedan pagar el seguro”,
redondea.
La ley, sobre este punto, coloca en la misma bolsa a
entidades de tamaños, historias y finanzas muy diferentes. “La
diversidad de las organizaciones de la sociedad civil no
es contemplada, y se homologa el trabajo de voluntarios
de OSC de alcance nacional con pequeñas organizaciones
territoriales”, evalúa Mario Villarreal, coordinador
de Voluntariado de la Universidad Nacional de Córdoba.
Si las OSC tienen que abonar una póliza, las entidades
con miles de voluntarios como Caritas, o las chicas que
tienen muy pocos recursos, como las entidades barriales,
se verían en serios problemas para afrontar ese
costo. Pero si el tema del aseguramiento sigue como hasta
ahora, se mantiene la puerta abierta para juicios que pueden
causar desembolsos todavía mayores. “El tema
es súper importante. Lo ideal sería que todo
el mundo esté asegurado”, indica Canova, desde
la experiencia que le da saber que no asumir un gasto mensual
determinado puede volverse una cifra mucho más grande
unos años después.
Otras causas, la misma demora
Cuando se habla de dinero siempre hay tironeos. Y la
indecisión en resolver quién pagaría
el costo del seguro puede ser una de las causas de la demora
en la reglamentación, pero se pueden pensar otras,
también relacionadas con los billetes. Por ejemplo,
si el Estado debe realizar acciones de promoción
del voluntariado, esto implica destinar recursos logísticos
y fondos que, inevitablemente, tienen que salir de otra
parte.
Canova recuerda que en el proyecto de reglamentación
que envió el Foro en abril de 2004 se especificaba
que el Estado debía dar capacitación técnica
a los voluntarios, realizar campañas de difusión
en los medios estatales y en escuelas, y garantizar que
la “autoridad de aplicación” se haga
cargo de que los seguros no corran por cuenta de las organizaciones.
También pueden conjeturarse otros factores, como
que esta ley no sea prioritaria para el Gobierno. “Una
estrategia oficial es no reglamentar las leyes que no les
interesan”, afirma Sabsay. Teper, de la Amia, considera
que “la incidencia de las OSC en políticas
públicas se ve como necesaria de vez en cuando.
Las organizaciones son convocadas, pero su accionar no
es lo más importante de la agenda pública”.
A los motivos que puede tener el Estado para no reglamentar
la ley, se le puede sumar uno que le corresponde al sector
social. Como señala Oscar García, también
puede que falte presión de las organizaciones.
El futuro
“La ley no está reglamentada, pero recomendamos
que las OSC se vayan adaptando”, señala Canova.
Sin reglamentación, las nebulosas se mantienen y
pueden ocasionarles dolores de cabeza a las OSC. Por otro
lado, las políticas que tiene que encabezar el Estado
para promover el trabajo voluntario siguen estancadas.
De cualquier forma, las OSC siguen con su rutina.
“Nosotras seguimos trabajando en silencio. El trabajo
nuestro es el enfermo y punto”, asegura Uriburu,
voluntaria en hospitales. Ducoté, de Cippec, destaca
que en el único lugar donde se avanzó algo
a nivel oficial fue en la ciudad de Buenos Aires, donde
existe la Dirección de Promoción del Voluntariado.
Perri, de la FOC, pide que se creen programas específicos
de fortalecimiento para voluntarios. Y Hirch, de Caritas,
cree que, así como el Estado subsidia colegios religiosos,
bien podría financiar ciertos trabajos profesionales
en las OSC y darle el marco legal que las entidades de
bien público necesitan.
El hecho es que hoy la Ley de Voluntariado sigue inmóvil.
Sancionada pero no reglamentada, su efecto práctico
se diluye. Si bien el trabajo voluntario no nació de
leyes, éstas pueden acelerar o retardar su crecimiento.
Hoy el camino elegido parece ser el del atraso.
Cómo conectarse
Foro del Sector Social: 4863-2492
Apaer: 4788-5423
Amia-Voluntariado: 4959-8800 int-8752
Dirección de Promoción del Voluntariado
porteño: 4124-3411
|